Luigi Ferrajoli, describe al garantismo penal como la tutela de los derechos fundamentales de las personas, destacando la libertad y el derecho a ser oidos y vencidos antes de ser privados de su libertad. Luigi Ferrajoli aportó la elaboración del concepto de "garantismo" como la base de una teoría del derecho " el derecho es la garantía de los más débiles frente a los más poderosos" El construye un modelo denominado garantista en el cual a través de axiomas o principios enuncian diez garantías necesarias para plantear la responsabilidad penal Garantías sustantivas penales: A1. Nulla poena sine crimine. ( Principio de retributividad) A2. Nullum crimen sine lege. ( Principio de legalidad) A3. Nulla lex (poenalis) sine necessitate.( Principio de necesidad) A4. Nulla necessitas sine injuria. ( Principio de lesividad) A5. Nulla injuria sine actione. ( Principio de materialidad) A6. Nulla actio sine culpa. ( Principio de culpabilidad) Garantías procesales. A7. Nul